Este programa/institución tiene estrategias establecidas para garantizar que ningún estudiante sea ilegalmente: discriminado por motivos de edad, raza, origen étnico, religión, color, nacionalidad, sexo o discapacidad en sus actividades o programas según lo exige el Título VI , Título IX, y Sección 504, Ley de Discriminación por Edad, y Título II de la ADA. Se le negó la igualdad de oportunidades para beneficiarse de la educación ocupacional únicamente por motivos de raza, etnia, color, religión, nacionalidad, sexo, edad o discapacidad. Además, el personal de CTE trabaja con los estudiantes identificados como Poblaciones Especiales (incluidos los estudiantes con discapacidades y los Estudiantes del Idioma Inglés) para proporcionar asistencia adecuada a los estudiantes para que puedan participar en los programas aprobados de CTE de la manera más completa posible.